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Acusan a la SIE de difundir falsa información sobre un fallo del Tribunal Superior Administrativo

Luz y Fuerza desmiente se haya fallado fondo del asunto
SANTO DOMINGO.-La Compañía Luz y Fuerza de Las Terrenas afirmó que la Superintendencia de Electricidad (SIE) difundió una falsa información sobre un reciente fallo del Tribunal Superior Administrativo al señalar que el órgano judicial “ratificó la orden de suspensión de los trabajos de esa distribuidora en el distrito municipal de El Limón, provincia de Samaná”.
Los representantes legales de Luz y Fuerza y Fuerza, licenciado Froilán Tavares Cross y doctora Laura Acosta Lora señalaron que la orden de suspensión dispuesta por la SIE en perjuicio de esa empresa, “no fue ratificada por la sentencia emitida el pasado primero de marzo ni por ninguna otra decisión, porque el Tribunal Superior Administrativo no ha fallado ninguna de las acciones sobre el fondo del conflicto del que se encuentra apoderado”.
Los abogados se refirieron a una versión periodística difundida por varios medios de comunicación sobre la decisión emitida por la Presidencia del Tribunal en torno a una solicitud de medida cautelar interpuesta por la Compañía de Luz y Fuerza de las Terrenas contra un acto emitido por la Superintendencia de Electricidad y su titular, ingeniero Francisco Méndez, no contra la Resolución señalada.
Sostienen que la nota publicada cita fuera del contexto un párrafo de la sentencia como si se tratara de los argumentos en que se basó la Magistrada Presidenta del Tribunal para sustentar su decisión, cuando en realidad dicha frase forma parte de los argumentos esgrimidos por la Superintendencia de Electricidad en sus conclusiones y que fueran transcritos en la decisión.
Explican que la sentencia resuelve únicamente una solicitud de medida cautelar y no el fondo del asunto, contra un acto de alguacil enviado a Luz & Fuerza el 19 de agosto de 2010, y no sobre la resolución 01-2011 de la Superintendencia; es decir, que el Tribunal Superior Administrativo sigue apoderado del caso y aún no ha resuelto el conflicto planteado.
“Prueba de ello es que la misma versión señala que la solicitud fue depositada por Luz y Fuerza el 19 de agosto del pasado año; entonces ¿cómo es posible interponer una solicitud para suspender una medida que no se ha producido, sino que se producirá en cinco meses después? Esto es materialmente imposible”, apuntan los representantes legales de Luz y Fuerza.
Precisan que la misma sentencia nº 007-2011 lo establece en su página tres cuando señala que se trata de una solicitud de medida cautelar contra “la decisión administrativa contenida en el acto de alguacil número 1306-2010, instrumentado en fecha 19 de agosto de 2010, a requerimiento de la Superintendencia de Electricidad (SIE).”
Y agregan que la decisión fue emitida el día primero de marzo de 2011 fecha en la que ni siquiera estaba en estado de fallo el amparo que fuera interpuesto contra la Resolución nº SIE 01-2011, y cuya audiencia se conoció el día 3 de marzo, es decir, dos días después de emitida esta sentencia.
La Superintendencia de Electricidad en su afán por justificar acciones que desnaturalizan su papel como órgano regulador y que favorecen de manera inequívoca a otra empresa, ha llegado al extremo de tergiversar dos decisiones judiciales, dándoles un contexto y alcance muy distinto al real, al mentir sobre el verdadero contenido de dichas decisiones.
“En ninguna de las dos decisiones señaladas por la SIE se resuelve sobre el fondo del conflicto entre Luz y Fuerza y la Superintendencia de Electricidad, simplemente la Presidenta del tribunal rechaza suspender los actos de la SIE dejando en manos de los jueces del tribunal apoderados del fondo la solución del conflicto, decir lo contrario es tergiversar la verdad”; subrayaron los abogados
Lo que es cierto e incuestionable es que la SIE está amparando la expansión de una empresa que ni siquiera dispone de una no objeción por parte de los órganos reguladores y por estas acciones tanto esa empresa privada, Progreso El Limón, C. por A. como Edenorte, fueron ya condenadas a indemnizar a Luz y Fuerza por diez millones
de pesos, decisión que se encuentra ahora en manos de la Suprema Corte de Justicia.
14 de marzo de 2011

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